En cumplimiento con la Ley 1/2018, de 21 de marzo de Transparencia de la actividad pública, la Asociación de Balnearios de Cantabria suscribe lo estipulado en materia de transparencia de nuestra actividad en los siguientes artículos: 

  • Art 28.6:

«Las bases reguladoras, las resoluciones de concesión o los convenios que instrumenten la concesión de subvenciones o ayudas públicas, deberán incluir la obligación de publicar por los sujetos del artículo 6 de la presente Ley que sean personas jurídicas beneficiarias de subvenciones o ayudas públicas por importe mínimo de 10.000 euros, las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de los órganos de administración o dirección, tales como presidente, secretario general, gerente, tesorero y director técnico, en los términos del artículo 39.6 de la presente ley».

  • Art. 39.6:  

«Los sujetos mencionados en los artículos 5 y 6 de esta Ley deberán garantizar la publicación de la información a que están obligadas por esta Ley a través de sus páginas web en un apartado específico sobre transparencia, sin perjuicio de las medidas de colaboración interadministrativa que, en su caso, pudieran instrumentarse. En caso de no disponer de página web propia, la publicarán en las páginas web de las federaciones, organizaciones, asociaciones o agrupaciones, a las que pertenecen. En caso de que no dispongan de página web, deberá comunicarse esta circunstancia al órgano concedente de la subvención o ayuda pública para su publicidad. En caso de publicación en el Portal de Transparencia de Cantabria, el órgano concedente remitirá la información al órgano mencionado en el artículo 38 de la presente Ley».

Declaramos, por tanto, que no existen retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de los órganos de administración o dirección, tal y como consta en el certificado firmado por la Presidenta de la Asociación de Balnearios de Cantabria, disponible para su descarga en el botón a continuación:

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